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Friday, March 28, 2008

LA CRISIS CONSTITUCIONAL: EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

El abogado Jose María Ruiz Soroa publicaba en El País del día 25 de Marzo un artículo titulado ¿Qué hacer con el (Consejo General del) Poder Judicial?.La cuestión que aborda es bastante evidente y dura ya bastante tiempo.

Estos son, en lo esencial, sus diagnósticos y propuestas:


"Quien debería ser el guardián de las reglas ha devenido en ser sólo uno de los jugadores del rabioso partido. Me refiero al Consejo General del Poder Judicial, el órgano del autogobierno de los jueces, al que el tironeo desabrido entre intereses políticos ha reducido a una caricatura de lo que debería ser un ente democrático y políticamente responsable. Tanto que me atrevo a sugerir una alternativa que a primera vista puede parecer absurda: la de suprimirlo. La de abandonar de una vez por todas la piadosa aspiración de regular adecuadamente su elección, composición y funcionamiento, y, en su lugar, tirar por la calle de en medio: hacerlo desaparecer y devolver sus competencias al Gobierno, al Ministerio de Justicia.

Con el autogobierno judicial se alumbró un poder que no rinde cuentas ante nadie

El CGPJ es un órgano colectivo de escasa transparencia y altamente politizado

Esta idea no pretende ser una desabrida boutade, menos aún una falta de respeto para los jueces, sino que se funda en algunos sólidos argumentos. Tiene en su contra, desde luego, la fuerza inercial de toda burocracia y también la pereza política.

(…)

Pues bien, el constituyente de 1978, aunque tuvo en cuenta la independencia como requisito estructural, se fijó más en otro aspecto, el del gobierno del sistema, pensando ingenuamente que lo importante era garantizar el sistema más democrático de gobierno posible para el conjunto. Por eso, decidió que el mejor gobierno de los jueces era su autogobierno y creó un órgano específico para ello. Era una época aquella en que la idea de autogobierno tenía un atractivo irresistible y parecía la solución mágica para cualquier institución social, fuera la empresa, la universidad o los jueces. Todo se pretendía resolver con el lema de más democracia, sin caer en la cuenta de que para algunas instituciones la fórmula es menos democracia y más independencia.

(…)

Pero el constituyente se dejó deslumbrar por el ejemplo italiano, a pesar de que allí ya existían síntomas patentes de mal funcionamiento.

(…)

Además, se produjo otro extraño resultado con el flamante autogobierno judicial: la de un gobierno irresponsable, la de un poder que no rinde cuentas ante nadie del ejercicio de la principal de sus funciones. Si la accountability (la rendición de cuentas) es un requisito esencial de todo poder democrático, resulta que el poder que gobierna los jueces está eximido de ella. De forma que los partidos políticos, que son quienes mueven hoy ese poder desde las bambalinas -cada vez más transparentes-, terminan por moverlo en la más plena irresponsabilidad. Vamos, que prácticamente hacen lo que quieren.

¿Resultado veinticinco años después? Está a la vista, no es preciso exagerar en la descripción. ¿Puede corregirlo un nuevo acuerdo entre partidos? Obviamente no, sólo podrá disfrazar por otro poco más de tiempo un fracaso inevitable. Porque éste se debe a cuestiones estructurales, no a la mala voluntad (aunque también existe) de los operadores.

¿Por qué, entonces, no probar con la otra vía? Es decir, con la de intentar reducir al mínimo el gobierno sobre los jueces, un estado que al fin y al cabo es el que mayor grado de independencia judicial individual genera. Porque cualquier similitud con los demás poderes es engañosa: la autonomía de los ciudadanos exige que sean dueños de su propio gobierno, pero la de los jueces no. Sólo exige que se les deje a salvo de influencias, no que participen de su gobierno.

(…)

Puede asustar la idea de transferir toda esa gestión al Ministerio de Justicia, puede incluso parecer un retroceso a etapas predemocráticas de nuestra justicia, algo así como entregar al poder ejecutivo el control del judicial. Pero no será así si lo que se le entrega es un poder de pura gestión material y la mera administración de unas normas cerradas y detalladas sobre promoción. Ahí no hay casi poder, sólo hay gestión. Y en lo poco que queda de poder de control, mejor que lo posea un gobierno identificable y responsable públicamente ante la opinión y el parlamento, que no un órgano colectivo de escasa transparencia y que no responde ante nadie."

José María Ruiz Soroa es abogado.(EL PAIS 25-03-2008)


Lo que Ruiz Soroa no dice es cómo hacer lo que propone.Porque el CGPJ es un órgano constitucional regulado en el artículo 122 de la Constitución Española (CE) y, evidentemente, la supresión del "deslumbramiento italiano" del constituyente exige ahora una reforma constitucional que requiere, al menos, la mayoría aboluta del Senado y la mayoria de dos tercios de los votos del Congreso (artículo 167 CE).Lo que ciertamente parece demasiado para dicho órgano, pero resulta inevitable por la rigidez de nuestro sistema de reforma constitucional.Si el PP no ha dado su votos para renovar los cargos del CGPJ antes de las últimas elecciones, menos los va a dar a la reforma constitucional que establezca su supresión y la modificación del artículo 122 de la CE.

Además de este problema, que no es pequeño, existen otros tan graves o más que los comentados a propósito del CGPJ.Por citar solo el de mayor calado en opinión de quien escribe, hay que decir que nuestro sistema de Administración de Justicia tiene en la actualidad una configuración autonómica con Tribunales Superiores de Justicia en cada Comunidad Autónoma que aplican indistintamente el derecho autonómico y el "estatal" cuando en cualquier sistema de este tipo lo lógico es que los ciudadanos pudieran tener acceso- si así lo plantearan, por considerar entre otras razones que el nivel autonómico ha excedido sus competencias- directamente a órganos judiciales que fueran los administradores de justicia exclusivos no del nivel autonómico sino del nivel "estatal" (federal, si se prefiere, porque en la práctica no hay distinción una vez que distintos sistemas normativos se yuxtaponen sobre un mismo asunto litigioso).Ningún partido va a considerar, sin embargo, nos tememos, ninguna solución para este problema porque incrementa las garantías y porque el constituyente también se "deslumbró" con la idea de que estos conflictos se podrían resolver mejor mediante un sistema centralizado (Tribunal Constituciona) y sin intervención de los destinatarios de las normas y actos aplicativos.

Nos tememos, en fin, que la crisis del CGPJ es una más de la preocupante crisis de la CE de 1978.Los partidos la ignoran porque su solución interferiría en su dinámica actual de poder.La reforma constitucional en las cuestiones necesarias (recientemente la LO 6/2007 ha reformado el recurso de amparo con un alcance que puede considerarse propio de una reforma constitucional) es sumamente difícil por la rigidez constitucional y los interes partidistas, pero una cosa es segura, sin reforma constitucional que afecte al menos a la Administración de Justicia, al Tribunal Constitucional y a la definición del sistema autonómico, la democracia proclamada por la CE de 1978 continuara retrocediendo en nuestro país en perjuicio de los ciudadanos que no cuenten con otros medios que sus poderes jurídicos y libertades fundamentales.

El diagnóstico de Ruiz Soroa es certero pero limitado.Hay causa más profundas y las reformas no podrán abordarse por separado o gradualmente, De la misma manera que la Ley de Reforma Política solo pudo ser la antesala de un nuevo régimen constitucional, la situación actual exige imperiosamente un movimiento claro y definido de reforma constitucional como única alternativa a la permanente crisis republicana "italiana".Quizás ya estamos en ella.

La reforma anunciada por el nuevo Gobierno de cesar el actual CGPJ si no se produce su fallida renovación no resolverá la crisis, como tampoco la resolvería, supuesto que fuera viable por las mayorías requeridas, la supresión constitucional del CGPJ.Sin poder constituyente efectivo, originario o constituido, las constituciones que entran en crisis acaban por perecer, aunque su fecha oficial de defunción se prolongue mucho en el tiempo.No hay ninguna democracia que se mantenga sin el ejercicio del poder constituyente de los ciudadnos ejercido en las circunstancias cambiantes de su historia.Esta idea no está, ciertamente, entre las que han calado en nuestra mentalidad colectiva.Pero, sin embargo, los partidos políticos no fueron quienes dieron el respaldo efectivo a la Constitución Española de 1978.Todos, sin excepción, lo están olvidando ahora.

Guillermo Ruiz


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Sunday, March 16, 2008

LA CRISIS ECONOMICA MUNDIAL: LA INTERVENCION DE BEAR STEARNS Y EL MONITOR ECONOMICO GLOBAL DE NOURIEL ROUBINI












El secretario del Tesoro Henry Paulson defendió el domingo la decisión de la Junta Federal de la Reserva de intervenir para garantizar la solvencia del banco de inversiones Bear Stearns Cos., con la colaboración de otras instituciones de crédito.

"Creo que la decisión tomada por la Junta fue la correcta, ya que debe hacer cosas y trabajar con los participantes en el mercado para minimizar sobresaltos", dijo Paulson.

El banco central intervino el viernes para garantizar la solvencia de Bear Stearns y evitar consecuencias negativas en el sistema financiero estadounidense, ya que la quiebra de Bear podría ocasionar la caída de otras instituciones de crédito.

"Cuando se atraviesa por un periodo como este", dijo en una entrevista televisada, "las autoridades deben equilibrar las diversas consecuencia" de una posible quiebra.

La Junta, que recurrió a unos fondos especiales creados a raíz de la Gran Depresión de los años 30, acudió al rescate de Bear Stearns _el quinto banco de inversiones de Estados Unidos_ ayudada por el banco comercial JPMorgan Chase & Co.

Bear Stearns perdió el viernes la mitad de su valor en los primeros 30 minutos de contratación, antes de recuperarse levemente y caer el 41%, 23,51 dólares por acción, que para el mediodía había mejorado a 33,49 dólares por acción.

El banco perdió 2.750 millones de dólares desde el año pasado y encaraba una quiebra por falta de liquidez si no recibía ayuda.

Las autoridades temieron que, de quebrar Bear Stearns, otros bancos y casas de Wall Street pudieran seguirle.

Algunos detractores sostienen que la intervención de la Junta equivale a un rescate gubernamental de una institución privada con fondos públicos _ algo a lo que la Casa Blanca se opone según sostuvo en repetidas ocasiones.

"Toda situación es diferente. Debemos responder a las circunstancias que encaramos", dijo Paulson. "Y mi objetivo es minimizar el impacto en la economía en general a medida que encaramos y superamos esta situación financiera".

Cuando le preguntaron si otras instituciones de crédito estadounidenses atraviesan por los mismos apuros que Bear Stearns, Paulson se salió por la tangente.

"Nuestras instituciones financieras, nuestros bancos y bancos de inversiones son muy fuertes", indicó Paulson. "Y estoy convencido que saldrán de esta situación con mucha fuerza".

La fuente de esta noticia es

http://www.chron.com/disp/story.mpl/sp/us/5623524.html


El economista y profesor Nouriel Roubini tiene un intersesante comentario de la intervención de la FED, que considera el 9º estadio ( "UNO O DOS GRANDES Y SISTEMICAMENTE IMPORTANTES "BROKER DEALERS" QUEDARAN TRIPA ARRIBA Y OTROS MIEMBROS DEL "SISTEMA FINANCIERO EN LA SOMBRA" (QUE NO SON BANCOS PERO LO PARECEN EN TERMINOS DE LIQUIDEZ Y RIESGO AUSMIDO) QUEBRARAN) previamente anticipado por él de la severa crisis ACTUAL ("DOCE PASOS DE UN DESASTRE FINANCIERO"):


Las instituciones no bancarias no tienen acceso- de acuerdo con la Ley de la Reserva Federal- al apoyo de la FED de prestamista de último recurso a menos que un muy especial procedimientos y votación son aprobados.Así por primera vez en decadas- posiblemente desde la Gran Depresión- la Fed ha tenido que apoyarse en esta regla excepcional para intervenir una institución no financiera.¿Qué es lo que sigue?.¿Intervenir hedge funds, intervenir fondos del mercado monetario y Vehículos Especiales de Inversión (SIVs)? .¿Cuándo bastante es bastante?.Y ello cuando la Fed se ha coprometido esta semana a intercambiar el 60% de su balance de obligaciones del Tesoro (400 billones de USD) por obligaciones garantizadas por hipotecas de dudosa calidad y valor.

(...)

La exposición de Bear era del 54,5% de sus fondos propios ajustados, la de Lehman es solo marginalmente más pequeña (53,3%) y la de Goldman Sachs solo del 21%.¿Y qué intuimos? Hoy Lehamn ha recibido una línea de crédito no asegurada de 2 billones de USD de cuarenta prestamistas.

(...)

Al haber arrojado por la borda la vieja doctrina y regla de que la FED no debería prestar o rescatar instituciones no bancarias la FED ha creado un precedente extremadamente peligroso que seriamente agrava el riesgo propio de su papel de prestamista de último recurso.Si la Fed comienza la pendiente resbaladiza de prestar masiva liquidez a instituciones no bancarias que han manejado lamentablemente sus riesgos entra en un territorio no autorizado que cambia radicalmente su mandato y papel.Romper reglas y prácticas con décadas de antigüedad es una acción radical que requiere seriamente una clara exposición pública y una justificación.

AQUI EL COMENTARIO DE NOURIEL ROUBINI SOBRE EL 9º PASO DEL DESASTRE FINANCIERO

AQUI SUS DOCE PASOS AL DESASTRE FINANCIERO

AQUI SU MONITOR ECONOMICO GLOBAL