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Tuesday, December 8, 2015

De las buenas intenciones a la descarbonización profunda by Jeffrey D. Sachs , Guido Schmidt-Traub and Jim Williams - Project Syndicate

De las buenas intenciones a la descarbonización profunda by Jeffrey D. Sachs , Guido Schmidt-Traub and Jim Williams - Project Syndicate


La razón para preocuparnos es esta. El modo más sencillo de reducir las emisiones de aquí a 2030 es convertir las centrales de energía a carbón en centrales a gas. Las primeras emiten unos 1000 gramos de CO2 por kilowatt-hora; las segundas, alrededor de la mitad. Durante los próximos 15 años, no sería difícil construir nuevas centrales a gas para reemplazar las centrales a carbón. Otro resultado fácil de obtener es conseguir grandes mejoras en la eficiencia energética de los motores de combustión interna de los automóviles, de modo de pasar, por decir algo, de 35 millas por galón en Estados Unidos (15 kilómetros por litro) a 55 millas por galón (23 kilómetros por litro) antes de 2025. 

El problema es que con centrales a gas y vehículos con motor de combustión interna más eficientes no se llega a eliminar totalmente las emisiones de aquí a 2070. Necesitamos llegar a más o menos 50 gramos (no 500) por kilowatt-hora en 2050. Necesitamos vehículos sin ninguna emisión, no vehículos a gas más eficientes, sobre todo porque es probable que la cantidad de vehículos en todo el mundo se duplique a mediados de siglo. 

Para lograr la descarbonización profunda no necesitamos gas natural y vehículos más eficientes, sino centrales productoras de electricidad totalmente no contaminantes y vehículos eléctricos cuyas baterías se carguen en la red de distribución de esas centrales. Esta transformación más profunda, a diferencia de los resultados inmediatos en los que piensan hoy muchos políticos, es el único camino hacia la seguridad climática (es decir, no superar el límite de 2 ºC). Por el camino de la conversión de carbón a gas y los vehículos a gas más eficientes corremos el riesgo de meternos en una trampa de alta emisión de dióxido de carbono. 

image: http://www.project-syndicate.org/flowli/image/sachs255graph/original/english

La figura anterior muestra el dilema. El camino de los resultados inmediatos (en rojo) logra una reducción abrupta de aquí a 2030, y es probable que lo haga con menos costo que el camino de descarbonización profunda (en verde), porque la conversión a electricidad no contaminante (por ejemplo, energía solar y eólica) y al uso de vehículos eléctricos puede costar más que hacer un arreglo simple con nuestras tecnologías actuales. El problema es que el camino de los resultados inmediatos implica menos reducciones después de 2030: es un callejón sin salida. Solamente el camino de la descarbonización profunda llevará la economía al nivel de descarbonización necesario en 2050 y a la eliminación total de las emisiones netas en 2070. 

La solución de corto plazo es muy atractiva, especialmente para los políticos, que están atentos al ciclo electoral. Pero es un espejismo. Para que las autoridades comprendan lo que realmente está en juego en la descarbonización y lo que deben hacer hoy para no caer en la trampa de las soluciones fáciles, es necesario que todos los gobiernos formulen compromisos y planes que abarquen no solamente de aquí a 2030 sino, por lo menos, hasta 2050. Este es el mensaje central del Proyecto Caminos para una Descarbonización Profunda (DDPP), que movilizó a equipos de investigación en 16 de los países más contaminantes para preparar planes de descontaminación de aquí a mediados de siglo.
El DDPP muestra que la descarbonización profunda es técnicamente factible y asequible, e identificó caminos para seguir de aquí a 2050 que eluden las trampas y tentaciones de los resultados inmediatos y ponen a las principales economías en una senda hacia alcanzar la descarbonización total más o menos en 2070. Todos ellos se apoyan en tres pilares: grandes avances en eficiencia energética, mediante el uso de materiales y sistemas inteligentes (basados en información); electricidad totalmente no contaminante, a partir de las mejores opciones con que cuente cada país (eólica, solar, geotérmica, hídrica, nuclear y con captura y almacenamiento de carbono); y reemplazo de los motores de combustión interna por vehículos eléctricos, en conjunto con otros pasos hacia la electrificación o el uso de biocombustibles avanzados. 


Traducción: Esteban Flamini

Sunday, November 29, 2015

CONFERENCIA SOBRE EL CAMBIO CLIMATICO EN PARIS

Pre-Judging Paris by Bjørn Lomborg - Project Syndicate


COPENHAGEN
– The United Nations Climate Change Conference in Paris later this
month is being billed as an opportunity to save the planet. It is no
such thing. As I show in a new peer-reviewed paper, even if successful, the agreement reached in Paris would cut temperatures in 2100 by just 0.05° Celsius. The rise in sea level would be reduced by only 1.3 centimeters. 

This may seem surprising: we constantly hear how every country has made important commitments to reduce CO2 emissions – the so-called “Intended Nationally Determined Contributions,” or INDCs. According to the UN’s climate chief, Christiana Figueres,
“the INDCs have the capability of limiting the forecast temperature
rise to around 2.7ºC by 2100, by no means enough but a lot lower than the estimated four, five, or more degrees of warming projected by many prior.”

The expected rise of 4.5°C is based on almost 10,000 gigatons (Gt, or billion tons) of CO2 emitted during this century, with all other greenhouse gasses converted to CO2 equivalents. But nobody actually believes this figure – even the UN Environment Programme estimates that with absolutely no climate policies, we would emit 7,750Gt, which might lead to a 3.8°C rise. So, the extra 0.7°C rise is simply made up: climate policies can’t take credit for reducing it, because it was never going to happen in the first place. 


Keeping temperature rises to 2.7°C will require the world to restrict emissions to about 4,700Gt. So, in order to live up to Figueres’ promise, we should expect Paris to cut about 3,000Gt. It will not. 


Figueres’s own organization estimates that the total reduction promised from 2016 to 2030 will amount to 29-33Gt, or 1% of  what is needed to get to 2.7°C. Achieving the other 99% is based on the aspiration that, while little will happen from 2016-2030, right after that countries will step up and begin dramatic emissions cuts. Recent history renders this implausible.


Versión en español

Thursday, October 29, 2015

LA NEUTRALIDAD DE INTERNET: EL VOTO DEL PARLAMENTO EUROPEO




Today, the European parliament voted against key amendments to a Regulation which could have guaranteed net neutrality in the European Union. Loopholes in the rules as passed now mean we could see the introduction of paid fast-lanes for Internet traffic.
Anne Jellema, CEO of the Web Foundation comments:  
“Today, Europe took a giant step away from its vision of becoming a world leader in the digital economy. These weak and unclear net neutrality regulations threaten innovation and free speech. Now, European start-ups may have to compete on an uneven playing field against industry titans, while small civil society groups risk having their voices overwhelmed by well-funded giants.
“However, all is not lost. The European Parliament is essentially tossing a hot potato to the Body of European Regulators, national regulators and the courts, who will have to decide how these spectacularly unclear rules will be implemented. The onus is now on these groups to heed the call of hundreds of thousands of concerned citizens and prevent a two-speed Internet." 
 
The European Parliament today voted for a Regulation on a Single Market for Electronic Communications. The EU institutions will claim that this will protect net neutrality. This is sadly not true.
“The European Parliament has avoided making decisions on all crucial points,” said Joe McNamee, Executive Director of European Digital Rights. “Now, national regulators will have to decide – on abuses imposed through ‘zero rating’, on rules on congestion management, on specialised services and so on”, he added. “We will engage with BEREC and the Commission to provide clarity in the interpretation of the rules. Hopefully, the vagueness of the regulation can be fixed by BEREC’s guidelines and through diligent enforcement by national telecoms regulators”, Mr. McNamee concluded.
 
Esta es la posición de Tim Berners-Lee no seguida por el Parlamento en su decisión:
"Tomorrow, members of the European Parliament face a key vote on the future of the Internet. The proposed regulations in front of them are weak and confusing. To keep Europe innovative and competitive, it is essential that MEPs adopt amendments for stronger “network neutrality” (net neutrality).
When I designed the World Wide Web, I built it as an open platform to foster collaboration and innovation. The Web evolved into a powerful and ubiquitous platform because I was able to build it on an open network that treated all packets of information equally. This principle of net neutrality has kept the Internet a free and open space since its inception.
Since then, the Internet has become the central infrastructure of our time — every sector of our economy and democracy depends on it.
To strengthen and clarify the proposed EU net neutrality rules, here are the amendments that MEPs should insist on:
·         The current proposal allows ISPs to create fast lanes for companies that pay to have their content load faster by calling them “specialized services”. Fast lanes will make it harder for anyone who can’t pay extra fees — start-ups, small businesses, artists, activists, and educators in Europe and around the globe — to reach Europeans online. MEPs should vote for the amendments that close the so-called “specialized services” loophole to prevent the creation of online fast lanes and keep the Internet a level playing field.
·         The current proposal permits ISPs to exempt applications from users’ monthly bandwidth cap (“zero-rating”). Economic discrimination is just as harmful as technical discrimination, so ISPs will still be able to pick winners and losers online. MEPs should adopt the amendments that allow member states to create their own rules regulating the harmful practice of zero-rating. That way, States which have already banned this practice will be able to continue to do so, while others can move to protect innovation if they choose.
·         The proposal allows ISPs to define classes of services, and speed up or slow down traffic in those classes, even in the absence of congestion. As well as harming competition, this also discourages encryption: many ISPs lump all encrypted services together in a single class, and throttle that class.  MEPs should vote for the amendments that ban class-based discrimination to protect users, competition, privacy, and innovation online.
·         The proposal allows ISPs to prevent “impending” congestion. That means that ISPs can slow down traffic anytime, arguing that congestion was just about to happen. MEPs should vote to close this loophole.
If adopted as currently written, these rules will threaten innovation, free speech and privacy, and compromise Europe’s ability to lead in the digital economy.
To underpin continued economic growth and social progress, Europeans deserve the same strong net neutrality protections similar to those recently secured in the United States. As a European, and the inventor of the Web, I urge politicians to heed this call. Meanwhile, the Web belongs to all of us, and so it’s up to each one of us to take action. European residents can visit the savetheinternet.eu website today to contact their MEP and ask them to vote for the amendments that will protect the open Internet for us and future generations."
– Tim Berners-Lee, inventor of the World Wide Web, Founding Director of the World Wide Web Foundation
 
 



Sunday, October 18, 2015

EL SINDROME JAPONES LLEGA A CHINA by Jeffrey D. Sachs - Project Syndicate

The Japan Syndrome Comes to China by Jeffrey D. Sachs - Project Syndicate


China now confronts the risk of the same sequence of events. Its booming exports in the mid-2000s led US officials to threaten trade retaliation unless the Chinese authorities took steps to restrict exports, cause the
renminbi to appreciate, and shift to “consumption-led growth.” This is the same message once given to Japan. The US insistence on renminbiappreciation intensified after the onset of the 2008 financial crisis.
The results to datecan be seen in Figure 3, which maps China’s real exchange rate from the start of renminbi current-account convertibility (1996) until today. The Currency began appreciating sharply in 2007. As in Japan, the appreciation sparked destabilizing capital flows into China on the assumption that the renminbi, like the yen before it, had nowhere to go but up.

As in Japan, a financial bubble accompanied the currency appreciation. Yet, as Figure 4 shows, the real appreciation led to a rapid collapse of China’s annual export growth, from above 15% (smoothed over three-year intervals) to below 10%, and now to a financial slump as well.

From 2007 to 2014,the renminbi appreciated by 32% in real, trade-weighted terms; by May 2015 (the most recent month of the reported index), its total appreciation had reached 40%. This partly reflected nominal appreciation against the US dollar, together with effective appreciation against the euro, yen, Korean won, and other currencies as the US dollar strengthened relative to them.

The renminbi remains highly overvalued, despite August’s modest 3% nominal depreciation against the soaring US dollar. The renminbi’s real appreciation should be compared with the recent movements of the yen and won. As of May 2015, the yen had depreciated in real terms by around 7% since January 2007, and the won by around 3%, thereby exacerbating the cost pressures on China’s exporters relative to their Asian competitors.

Further depreciation of the renminbi seems necessary if China is to bolster its flagging economic growth and avoid a long-term “Japan trap.” It is important to note that many of China’s increased exports would find their way not to the US and Europe but to Africa and Asia, especially in the form of infrastructure equipment and other machinery. Nonetheless, political pressures from the US and Europe, manifested as charges of currency manipulation and unfair trade practices, as well as misguided ideas in China about the renminbi’s “prestige,” might lead China to resist any meaningful exchange-rate correction.

A month after the renminbi’s 3% depreciation, Chinese President Xi Jinping commented that, “Given the current economic and financial conditions at home and abroad, there is no basis for sustained depreciation of the RMB.” In recent weeks, the People’s Bank of China has been defending the currency’s valuation through foreign-exchange sales. 

Earlier this year, The Economist offered the conventional Western thinking.Don’t let the renminbi depreciate, it wrote, for four reasons:depreciation might provoke a currency war in Asia; China’s companies are awash in dollar-denominated debt; depreciation might lead to renewed US charges of currency manipulation; and depreciation might reverse China’s progress in making the renminbi an international reserve currency.

Such misguided reasoning is precisely what led to a generation of unnecessarily slow growth in Japan. It could happen again in China.

Jeffrey D. Sachs

Read more at
https://www.project-syndicate.org/commentary/renminbi-appreciation-slow-chinese-growth-by-jeffrey-d-sachs-2015-10#d5pdK6GiaPOxbjdP.99

Sunday, September 20, 2015

COPENHAGEN CONSENSUS: OBJETIVOS DE DESARROLLO


A lo largo de 2014 y 2015, más de un centenar de investigadores evaluaron los costos y beneficios sociales, ambientales y económicos de más de 100 objetivos propuestos por expertos de los diferentes sectores - economistas, ONG, agencias de la ONU y empresas - a través de 22 áreas temáticas. 

El panel de expertos ha revisado toda esta investigación y considera que los siguientes 19 objetivos representan la mejor relación calidad-precio en desarrollo durante el período 2016 a 2030. Los objetivos se han agrupado en tres grandes temas: las personas, el planeta y la prosperidad haciéndose eco en el foco de la ONU sobre los pilares sociales, ambientales y económicos del desarrollo. El panel reconoce que la eliminación de la pobreza extrema sigue siendo una importante aspiración central para toda la agenda post-2015. Muchos de los objetivos de abajo contribuirían a lograr reducciones en la pobreza, tales como el mayor libre comercio, la educación de niños en edad preescolar en África, la nutrición y la garantía de una mayor igualdad de género para las mujeres.

El panel de expertos determina que la consecución de estos objetivos mundiales para el año 2030 redundará en más de $15 de beneficio por cada dólar gastado beneficiando a las personas, el planeta y la prosperidad. 

Personas

Reducir la desnutrición crónica infantil en un 40%
Reducir a la mitad la infección por malaria
Reducir las muertes por tuberculosis en un 90%
Evitar 1,1 millones de infecciones por VIH mediante la circuncisión 
Reducir la muerte prematura por enfermedades crónicas en 1/3
Reducir la mortalidad neonatal en un 70%
Aumentar la inmunización para reducir la mortalidad infantil en un 25% 
Hacer que la planificación familiar esté al alcance de todos
Eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas

Planeta

Eliminar los subsidios a los combustibles fósiles
Reducir a la mitad la pérdida de los arrecifes de coral
Impuestos a los daños de contaminación por energía
Reducir la contaminación del aire interior en un 20%

Prosperidad

Reducir las restricciones comerciales (Doha completo)
Mejorar la igualdad de género en la propiedad, los negocios y la política
Impulsar el crecimiento del rendimiento agrícola en un 40%
Aumentar la educación de las niñas en dos años
Lograr la enseñanza primaria universal en el África subsahariana
Triplicar la asistencia a preescolar en el África subsahariana


COPENHAGEN CONSENSUS OBJETIVOS DE DESARROLLO

Sunday, September 13, 2015

EL TEDH Y LA PROTECCION DE LA PRIVACIDAD DE LOS DATOS TRIBUTARIOS




La Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 21 de julio de 2015, dictada en el caso Satakunnan Markkinapörsi Oy y Satamedia Oy v. Finlandia (demanda nº 931/13), se refiere a la infracción o no del derecho a la libertad de expresión (artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, “CEDH”) de dos empresas que recogieron y publicaron los datos fiscales de un elevado número de contribuyentes -puestos sin limitaciones en el dominio público por las autoridades fiscales finlandesas- no solo mediante sus publicaciones impresas, sino mediante un servicio SMS que permitía al público obtener información sobre los datos fiscales de dichos contribuyentes. Con posterioridad las citadas empresas recibieron requerimientos de las autoridades de protección de datos nacionales para que cesaran en su práctica y, después del planteamiento de una cuestión prejudicial al TJUE, el Tribunal Supremo confirmó la legalidad de dichos requerimientos y limitaciones, así como la inexistencia de infracción del derecho a la libertad de expresión.

La STEDH concluye por seis votos a uno que no ha habido violación del artículo 10 del CEDH y por unanimidad que hubo violación del artículo 6 del CEDH por dilación en la resolución del caso.

I.- ANTECEDENTES DEL CASO

La primera compañía había estado publicando la revista Veropörsi desde 1994.La revista publicaba anualmente información sobre activos y renta declarada de personas físicas. Esta información es pública con arreglo a la Ley finlandesa.

En el año 2002, la revista apareció  17 veces y reprodujo datos sobre la renta declarada y activos de 1, 2 millones de personas físicas, lo que representaba un tercio de todos los contribuyentes personas físicas finlandeses.

En el año 2003, la segunda compañía, participada por las mismas personas, de común acuerdo con un operador de telefonía, empezó un servicio SMS. Con arreglo al mismo, mediante el envío del nombre de una persona a un número de servicio, se obtenía su información tributaria contenida en la base de datos. La base de datos se creó usando datos ya publicados por la revista.

Inicialmente la Agencia de Protección de Datos rechazó el requerimiento dirigido a las compañías y a la propia Agencia- con fecha 10 de abril de 2003- por el Ombudsman  en materia de protección de datos para que cesaran la publicación de datos fiscales con la extensión con la que se había hecho en el año 2002.La Agencia de Protección de Datos consideró que la excepción prevista en la Ley de Protección de Datos para el periodismo resultaba aplicable en este caso. Respecto al servicio SMS, consideró que habiendo sido publicado previamente en la revista Veropörsi, la Ley de Protección de Datos no le resultaba aplicable.

El Ombudsman apeló la decisión de la Agencia de Protección de Datos. El Tribunal Administrativo desestimó dicha apelación. Su decisión fue recurrida al Tribunal Supremo Administrativo, reproduciendo los mismos argumentos.

El Tribunal Supremo Administrativo decidió plantear una cuestión preliminar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la interpretación de la Directiva 95/46/CE.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó su sentencia el 16 de diciembre de 2008 (C-3/07, Tietosuajavaltuutettu v. Satakunnan Markkinapörsi Oy y Satamedia Oy).

Después de la sentencia del TJUE, el Tribunal Supremo Administrativo revocó las decisiones previas y ordenó a la Agencia de Protección de Datos que prohibiera el procesamiento de datos fiscales llevado a cabo en la forma y la extensión con que se hizo en el año 2002.El Tribunal destacó que ponderando el derecho a la libertad de expresión con el derecho a la privacidad, cualquier derogación de este último debía reducirse  a lo que fuera estrictamente necesario. Asimismo el Tribunal consideró que el factor decisivo era determinar si una publicación contribuía a un debate público o tenía como exclusiva finalidad satisfacer la curiosidad de los lectores .El Tribunal Supremo Administrativo concluyó que la publicación de la totalidad de la base de datos realizada con fines periodísticos no podía ser considerada como actividad periodística. El interés público no requería tal publicación, en especial considerando que las excepciones en la Ley de Protección de Datos debían interpretarse estrictamente. El mismo criterio resultaba aplicable al servicio SMS.

La Agencia de Protección de Datos dictó sus resoluciones con arreglo al contenido del fallo. Las demandantes recurrieron dichas resoluciones ante el Tribunal Administrativo y ante el Tribunal Supremo Administrativo que rechazaron sus recursos. La Sentencia del Tribunal Supremo se dictó el 12 de Junio de 2012.

Con arreglo a la Sección 5 de Ley sobre Publicación y Confidencialidad de la Información Fiscal, en lo que se refiera a la tributación anual, la información del nombre de un contribuyente, año de nacimiento y municipio de su domicilio es pública. Adicionalmente la siguiente información es también pública:

“(1) renta y base imponible en la tributación estatal

(2) renta del capital y propiedad gravable en la tributación estatal;

(3) renta gravable en la tributación municipal:

(4) renta e impuesto sobre el patrimonio, impuesto municipal y cantidad total de impuesto y cargas liquidadas

(5) la cantidad total de retenciones soportadas

(6) la cantidad a ingresar o a devolver en la liquidación final por el año el año fiscal.”

El artículo 9 de la Directiva 95/46/CE de 24 de octubre de 1995 sobre protección respecto del procesamiento de datos personales y circulación de tales datos establece lo siguiente:

            “procesamiento de datos personales y libertad de expresión

Los Estados miembros establecerán exenciones o derogaciones de las previsiones de este Capítulo, del capítulo IV y del Capítulo VI para el procesamiento de datos personales llevado a cabo solamente para fines periodísticos o para fines artísticos y literarios solamente si son necesarios para reconciliar el derecho a la privacidad con las reglas que protegen la libertad de expresión”

II.-LA SENTENCIA DEL TEDH

A)  Sobre la existencia o no de una interferencia con el derecho a la libertad de expresión

Las partes discrepaban sobre la existencia o no de una interferencia con el derecho a la libertad de expresión protegido por el artículo 10.1 del CEDH.

El TEDH considera que sí existió dicha interferencia:

“53. El Tribunal considera que, como tal, la prohibición emitida por la Agencia de Protección de Datos no impidió  a las compañías demandantes la publicación de datos fiscales. Sin embargo, les prohibió recolectar, almacenar y procesar tales datos en una cuantía determinada, con el resultado de que una parte esencial de la información previamente publicada en la revista Veropörsi no pudo ser publicada con posterioridad. Por ello debe considerarse que hubo una interferencia con el derecho de las compañías demandantes a publicar información, garantizado por el artículo 10.1 del CEDH.”

B)  Sobre si la interferencia estaba autorizada por la ley y perseguía un propósito legítimo

Las partes también discrepaban sobre este extremo. El Gobierno consideraba que las medidas tenían fundamento en la Ley interna y especialmente en la Ley de Protección de Datos, así como que habían sido tomadas para la protección de la vida privada de los afectados. Las compañías consideran lo contrario y que la “excepción periodística” proporcionada por la Ley debió ser aplicada a los registros de datos personales que pretendían ser publicados.

El TEDH considera que la interferencia sí estaba autorizada por la Ley:

“55. El Tribunal destaca que el derecho a publicar información está sujeto a las excepciones establecidas en el artículo 10.2 del Convenio. El Tribunal acepta que la interferencia se basó en las previsiones de la Ley de Protección de datos vigentes en el momento de su aplicación. En el presente caso la cuestión planteada ante los tribunales nacionales fue si “la excepción periodística” establecida por la Ley de Protección de datos era aplicable en el caso de las compañías demandantes. En otras palabras, la cuestión era si, en su caso, la ley interna, en la forma interpretada por los tribunales nacionales, establecía excepciones en relación con la protección de la vida privada y en favor de la libertad de expresión. El Tribunal por lo tanto considera que la interferencia estaba “prescrita por la ley” y persiguió el legítimo propósito de proteger la reputación o derechos de terceros, en el sentido del artículo 10.2 del Convenio.”

C)  Sobre si la interferencia era necesaria en una sociedad democrática

El TEDH considera que sí era necesaria:

“57. El adjetivo “necesario”, en el sentido del artículo 10.2 del Convenio, implica la existencia de una “necesidad social imperativa”. Los Estados Contratantes tienen un cierto margen de apreciación para determinar si dicha necesidad existe, pero el mismo va de la mano con la supervisión Europea, que cubre tanto la legislación como las decisiones que la aplican, incluso las tomadas por un tribunal independiente. El Tribunal está por tanto autorizado para proporcionar la decisión final sobre si una “restricción” es reconciliable con la libertad de expresión en la medida en que está protegida por el artículo 10 (ver Hanowski v. Poland [GC],no. 25716/94, § 30, ECHR 1999-I).

            (…)

62. En Von Hannover v. Germany (no.2) [GC] (nos. 40660/08 y 60641/08; §§ 104-107, ECHR 2012) y en Axel Springer AG. v.Germany [GC] (citada arriba, §§ 85-88), el Tribunal definió el margen de apreciación de los Estados contratantes y su propio papel en la ponderación de estos dos intereses en conflicto. El Tribunal identificó una serie de criterios como relevantes cuando el derecho a la libertad de expresión debe ponderarse con el derecho al respeto de la vida privada (ver Von Hannover v. Germany (no.2) arriba citada, §§ 109-113; y Axel Springer AG. v.Germany (arriba citada, §§ 89-95), a saber:

(i) contribución a un debate de interés general

(ii) cuánto es conocida la persona afectada y cuál es la materia de la publicación;

(iii) conducta previa de la persona afectada;

(iv) método de obtención de la información y veracidad/circunstancias en que la fotografía fue tomada

(v) contenido, forma y consecuencias de la información; y

(vi) severidad de la sanción impuesta.

            (…)

66. El Tribunal destaca que en el año 2002 Veropörsi publicó datos tributarios sobre la base imponible y activos de 1,2 millones de personas. Estas personas deben haber incluido personalidades conocidas y ciudadanos comunes. Con arreglo a la Ley de Publicación y Confidencialidad de la Información Fiscal, esta información tributaria es pública en Finlandia. No hay por tanto ninguna sugerencia de que la información se obtuvo de forma desleal o por otros medios ilícitos (comparar Von Hannover v. Germany, no. 59320/00, 68, ECHR 2004-VI). Por el contrario, la información publicada fue recibida directamente de las autoridades fiscales.

(…)

68. el Tribunal destaca que la única cuestión problemática para las autoridades y tribunales nacionales fue la cantidad de la información publicada. Según ellos, la publicación de la información fiscal con la extensión que tuvo en el año 2002 no podía ser considerada como periodismo sino como procesamiento de datos personales, que las compañías demandadas no tenían derecho a llevar a cabo. La cuestión central entonces giró en torno al concepto de periodismo. Como la excepción proporcionada por la Ley de Protección de Datos relativa al periodismo tenía su origen en la Directiva 95/46/EC, el Tribunal Supremo Administrativo decidió plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión europea sobre  la interpretación de la Directiva 95/46/CE en este sentido.

69. El Tribunal destaca que el Tribunal de Justicia de la Unión europea declaró en su decisión de la cuestión preliminar que, para tener en cuenta la importancia del derecho a la libertad de expresión  en cada sociedad democrática, era necesario interpretar los conceptos relativos a dicha libertad, tales como periodismo, en sentido amplio. Sin embargo, para alcanzar un equilibrio ente dos derechos fundamentales, la protección del derecho fundamental a la vida privada requería que las excepciones y limitaciones en relación con la protección de los datos contenidas en la Directiva debían aplicarse solamente en la medida en que fuera estrictamente necesario. En conclusión, el Tribunal de Justicia de la Unión europea declaró que actividades tales cono las afectadas por el caso considerado, relativas a datos procedentes de documentos que estaban en el dominio público según la legislación nacional, podían ser calificadas como “actividades periodísticas” si su objeto era divulgar al público información, opiniones o ideas, con independencia del medio que fuera usado para transmitirlas.

70. El Tribunal destaca que, después de recibir la decisión de la cuestión prejudicial del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Tribunal Supremo Administrativo declaró que la publicación de la totalidad de la base de datos obtenida para propósitos periodísticos no podía ser considerada actividad periodística. Consideró que el interés público no requería tal publicación de datos personales con la extensión con que se había producido en el presente caso, en particular en la medida en que la derogación de la ley de Protección de Datos debía ser interpretada estrictamente. Lo mismo resultaba aplicable al Servicio de SMS.

71. El Tribunal observa que, en su análisis, el Tribunal Supremo Administrativo dio importancia tanto al derecho de las compañías demandantes a la libertad de expresión como al derecho al respeto de la vida  privada de aquellos contribuyentes cuya información tributaria había sido publicada. El Tribunal examinó el caso sobre las base de los principios incorporados en el artículo 10 del Convenio y de los criterios contenidos en la jurisprudencia del TEDH. En consecuencia, el Tribunal Supremo Administrativo ponderó en su razonamiento el derecho a la libertad de expresión de las compañías demandantes con el derecho  a la vida privada. De acuerdo con el Tribunal Supremo Administrativo, era necesario interpretar de forma estricta el derecho de las compañías demandantes a la libertad de expresión para proteger el derecho a la vida privada.

72. El Tribunal encuentra este razonamiento aceptable. Las restricciones sobre el ejercicio del derecho a la libertad de expresión de las compañías demandantes fueron establecidas de forma convincente por el Tribunal Supremo Administrativo, tomando en consideración la jurisprudencia del Tribunal, El Tribunal reitera su jurisprudencia reciente con arreglo a la cual, el Tribunal necesitaría, en tales circunstancias, poderosas razones para sustituir el juicio de los tribunales nacionales por su propio juicio (Von Hannover v. Germany (no.2) [GC], arriba citada, § 107; y Axel Springer AG. v.Germany  [GC], arriba citada, § 88).

73. Por último, en lo que se refiere a las sanciones, el Tribunal destaca que no se prohibió a las compañías la publicación de la información en cuestión sino solamente en una determinada cantidad. Nada les impedía continuar publicando la información en una menor medida que la que habían publicado en el año 2002.El hecho de que, en la práctica, las limitaciones impuestas sobre la cantidad de información a publicar pueda haber hecho inviables las actividades empresariales de dichas compañías no constituye, sin embargo, una consecuencia directa de las medidas tomadas por las autoridades y tribunales nacionales sino una decisión económica tomada por la propias compañías demandantes. Debe tenerse en consideración también que la prohibición establecida por las autoridades nacionales no puede ser considerada un sanción de naturaleza penal sino administrativa, y por lo tanto una sanción menos severa que una sanción penal (comparar Lehideux and Isorni v. france, 23 September 1998, § 57, Reports of Judgemebts and Decisions 1998-VII).

(…)

75. No ha habido por tanto una violación del artículo 10 del Convenio.”

El Tribunal considera y declara después una violación del artículo 6 del CEDH por el tiempo transcurrido en la tramitación del procedimiento (seis años y seis meses en dos instancias recorridas dos veces) que se considera excesivo y no razonable con arreglo a su jurisprudencia.

III.- EL VOTO PARTICULAR DISIDENTE DE LA JUEZ TSOTSORIA

La juez Nona Tsotsoria, nombrada por Georgia, discrepa de la ausencia de infracción del artículo 10 en los siguientes términos:

“5. (…) No considero que la sentencia haya determinado de forma persuasiva que las limitaciones impuestas sobre el procesamiento y publicación de datos fiscales fueran necesarias para el derecho a la protección de la vida privada de individuos determinados o de la sociedad como un todo. Por lo tanto, discrepo de la mayoría en cuanto a que dichas medidas fueran proporcionadas al legítimo propósito perseguido.

6. Lo que es más importante, la sentencia no sigue la jurisprudencia establecida que considera una violación del artículo 10 los casos en los que los gobiernos han tomado medidas para proteger de su difusión información pública e información conocida  sobre materias de interés público (ver, por ejemplo, Observer and Guardian, arriba citado § 69 y Fressoz and Rire v. France [GC], no 29183/95, §§50 y 53-56, ECHR 1999-I).

7. La sentencia confirma la decisión de las autoridades nacionales de restringir el procesamiento de información tributaria que ha estado públicamente disponible y en el dominio público en Finlandia bajo la Ley sobre Publicación y Confidencialidad de la Información Fiscal, afectando de esta manera a la capacidad de las compañías demandantes de publicar tales datos. Considero que esta restricción sirve como una forma de censura que, como tal, es incompatible con la democracia. Es más, restringir los derechos y obligaciones de los medios a publicar información que ya está disponible sobre una materia de legítimo interés público ha sido considerado un peligro para la democracia y una característica de un régimen totalitario, tal y como lo señaló Lord Bridge en el caso Observer y Guardian (arriba cirtado §36).”

A continuación, el voto disidente señala que tampoco existía evidencia de daño para la vida privada y que dicho daño no se consideró que existiera incluso aunque periódicos y páginas web habían publicado continuamente tales datos. Y también que la vinculación de la actividad periodística a la cantidad de información no responde al concepto de “necesidad social perentoria” y se desvía de la interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en cuanto a la interpretación de la Directiva 95/46/CE (parágrafos 68 y 69 de su sentencia).

En su conclusión, la juez Tsotsoria estima que la interferencia con el derecho a la libertad de expresión de las demandantes  no era “necesaria en una sociedad democrática”, lo que debería haber resultado en la concesión de una justa  compensación por la infracción con arreglo al artículo 41 del CEDH.

IV.-CONCLUSIONES

PRIMERA.- Una vez que determinada información tributaria se encuentra en el dominio público y se ha considerado por un legislador nacional que su publicidad no afecta al derecho a la vida privada y familiar de las personas físicas afectadas, resulta muy difícil- por no decir imposible en una sociedad democrática como sostiene la juez Tsotsoria- justificar la ulterior limitación de la difusión y publicidad de tales datos por todos los medios electrónicos actualmente disponibles.

Cualquier limitación a la “reutilización” (incluida su difusión y disponibilidad para cualquiera) de los datos públicos debería estar contenida en la Ley que autoriza su publicidad, lo que podría representar una contradicción evidente en cuanto a la justificación de la publicidad de los datos tributarios personales en su fase inicial. No hay, según la jurisprudencia del TEDH invocada por la juez Tsotsoria, censura legítima sobre datos puestos en el dominio público.

Los legisladores afrontarían una difícil alternativa: la justificación de la publicidad de datos tributarios no debería poder justificar, a la vez, las limitaciones cuantitativas o de otro tipo a su difusión y/o reutilización.

El derecho a la protección de la vida privada y familiar debería también tenerse en cuenta en primer lugar. En el presente caso, el legislador nacional no consideró que dicho derecho a la vida privada y familiar pudiera interferir con la información tributaria hecha pública sin restricciones.

SEGUNDA.- El límite de la cantidad de información que puede ser difundida por un medio constituiría, en este caso y en la práctica, indirectamente una protección para intentar evitar que las personas físicas pudieran intentar sostener que la publicidad inicial de sus datos afecta y compromete el derecho constitucional a su vida privada y familiar.

Así lo entendieron, por razones obvias, las autoridades nacionales que impusieron las restricciones confirmadas por el TEDH.

TERCERA.- La doctrina de la STEDH, como tal, no afectaría en principio a la publicidad y difusión de los datos tributarios de las personas jurídicas, en la medida en que la protección de la vida privada y familiar por el artículo 8 del CEDH no fuera, como parece, invocable por las personas jurídicas.

Ello no quiere decir que las personas jurídicas no estén protegidas por otros derechos contenidos en el artículo 8 del CEDH, como la inviolabilidad del domicilio y la correspondencia, así como, en su caso, por obligaciones legales en materia de protección de datos (artículo 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Persona) y/o por otras limitaciones necesarias para la protección de sus derechos constitucionales.

Friday, July 31, 2015

POR QUÉ EL EURO ES COMO EL PATRÓN ORO Y FRACASARÁ COMO EL PATRÓN ORO





Ann Pettifor ha resumido la actual (julio 2015) encrucijada europea de esta manera:



“El camino hacia delante para los países atrapados en la Eurozona parece penoso. La zona económica en su conjunto es un desastre-no hay otra forma de describirla.

Las alternativas hercúleas que los líderes de la Eurozona deberían afrontar son éstas:



1) Permanecer con el corsé actual que constituyen las reglas de la Eurozona y su diseño. Los riesgos de seguir esta alternativa es que más y más países-incluyendo países grandes e importantes como Italia y Francia- caerán en depresiones económicas profundas con creciente e impagable deuda pública y desequilibrios sustanciales. Con el ascenso de un partido fascista en Francia y de la derecha y fuerzas populistas en Italia, las perspectivas no parecen favorables.



2) Abolir el euro (una tarea tremenda y compleja) y el retorno a las divisas nacionales, con todos los riesgos políticos y económicos asociados al desmantelamiento del sistema; pero con la posibilidad de que los países recuperen su autonomía en política económica.



3) Crear una Eurozona más limitada con aquellos estados cuyas economías están más integradas y convergen-bien creando el “Euro del Norte” o abandonando a Grecia y, a su tiempo, otros estados que caerán en muy graves dificultades.



4) Crear una unión fiscal y política-preferiblemente con sus propias instituciones democráticas responsables, bien para todos los actuales miembros de la Eurozona o para una vanguardia inicial de países y preferiblemente a la vez cambiar el mandato del Banco Central Europeo para hacerlo responsable antes las instituciones representativas



Todas estas opciones están cargadas de dificultad. Pero permanecer con el corsé de una unión monetaria diseñada para servir los intereses del capital internacional a expensas de las empresas y ciudadanos europeos, entrañaría no solo un fracaso económico de la escala del de los años 1920 y 1930, sino también una conflagración política.



Sería mejor si los líderes europeos aprenden de la historia y no la repiten. Sobre todo deben reconocer las profundas equivocaciones que sostienen las visiones utópicas de los ideólogos neoliberales- antes de que Europa se hunda en crisis incluso más profundas.”






Un diagnóstico parecido es el de Shahin Vallée:



Con independencia de lo que suceda en Grecia, el acuerdo del 13 de julio ha hecho la perspectiva de una ruptura futura del euro mucho más probable. La cuestión es si tomará la forma de una ordenada salida por parte de Alemania o de una prolongada y económicamente más destructiva salida por parte de Francia y el sur de Europa.”



El análisis de Pettifor resulta sumamente revelador en su comparación e ilustración histórica. Aquí algunas de sus consideraciones e hilo:

“Today the architecture of that euro system devised by the Werner and Delors Committees appears increasingly unstable. Many economists expect Greece to exit the Eurozone in due course. Germany positively promotes this outcome. There are some economists that believe the Eurozone as a whole will collapse, with Germany the first to exit. 

10 Is the Eurozone approaching a seminal moment like that day in September,1931 when Britain was the first to exit the gold standard, an exit many had believed impossible?

In this brief review of the key elements of the European Monetary Union (EMU) and its parallels with the gold standard, I want to show just how much the two systems hold in common.

The system’s architecture is now at risk of collapse. The inflexible “rules’ or Maastricht criteria are openly flouted not only by southern European countries, but also by Germany. Eurozone debt as a share of GDP jumped to €9.4 trillion in the first quarter of 2015, and at 92.9% of GDP is way above the Maastricht criterion of 60% of GDP. By this measure the whole Eurozone is in non-compliance – and should be expelled from the Eurozone. These public debt levels will continue their inexorable rise, thankslargely (and counter-intuitively for orthodox economists) to “austerity” policies that are largely deflationary.

The plain truth is that the Euro is a product of utopian neoliberal economists and their ambitions for a monetary system governed only by market forces. According to the ideology, market forces must be beyond the reach of any European state. It is this utopian vision and its embodiment in the “rules” of the Euro system that is deeply flawed, and is the cause of economic failure and of social and political instability within the Eurozone.

What are the “rules” of the Euro?
Here, crudely summarized are the ‘rules’ that 19 Eurozone member countries must follow. They must:
1. abandon their own national currency, in order to adopt a Europe-wide currency over which they will have no control and minimal influence

2. accept that the value of this common currency, detached from any state, will be controlled (sic) by technocrats, bankers and financial markets

3. accept that the currency might be or become overvalued, relative to the EZ’s domestic economies, or undervalued (as it is for Germany now)

4. agree to lower internal prices and wages as the sole way of correcting imbalances.Falling prices and wages will, it is assumed, make the nation’s exports more competitive

5. give up oversight over Europe’s central bank, and instead delegate central bank governance to unaccountable central bankers and technocrats based in Frankfurt

6. give up to the ECB and creditors, including the all-powerful actors in bond markets, the power to determine, or influence, interest rates across the spectrum of lending: for the base rate, short and long-term loans, safe and risky loans, andin real terms: i.e. relative to inflation

7. accept that the ECB has a mandate to use monetary policy and operations for one primary purpose only: price stability (a mandate that it has not honoured) and not full employment, as is the mandate of the US’s Federal Reserve

8. agree to remove any barriers that limit the free flow of capital across the borders of the Eurozone – one of the foundational ‘four freedoms’ of the European Union

9. refrain from undertaking democratically-driven decisions to increase or cut public spending in response to a slump or boom

10. agree to limit (under almost all economic circumstances) government annual deficits (expenditure in excess of income) to 3% of the nation’s annual income (GDP)13

11. ensure that the total stock of public debt does not exceed 60% of annual income or GDP

Finally Eurozone governments must submit to these “rules” without any arrangements for political or fiscal union and transfers between those within the“monetary union” being put in place.

These broadly are the conditions attached to Eurozone membership, set out in the two current Treaties.

14 The rules and procedures are opaque and complex, making them hard for citizens to understand. As noted earlier, the Treaties refer to “economic and monetary union”, whereas the reality is that there is only a monetary union that lacks its essential “economic” counterpart.

So how do the “rules” of the gold standard compare to those of the Eurozone?

1. Abandonment of control over the currency

On joining the Eurozone countries voluntarily give up control over the nation’s currency. Under the gold standard, participating governments and their central banks effectively lost control over the nation’s currency, and to a large extent over economic policy. This “rule” of the gold standard – the removal of governmental and central bank control over the exchange rate – was not exactly replicated by the Euro system.
Instead all national currencies were simply abolished, and replaced by a currency that – as now structured – is accountable to no government(s) or people(s), and is issued by no state.

As Eichengreen and Temin explain in a recent paper:
“The gold standard was preserved by an ideology that indicated that only under extreme conditions could the fixed exchange rate be unfixed. The euro has gone one step further by eliminating national currencies.”

3. No co-ordinating body to maintain balance and stability

The second important characteristic of the gold standard system was that it had no international coordinating body that could help stabilize economic and financial imbalances between countries in surplus, and those in deficit. The Eurozone operates in pretty much the same way: there is no coordinating institution set up to manage and stabilize economic and financial imbalances between member countries

4. Unfettered capital mobility

A third “rule” of the gold standard was one that gave citizens and firms unfettered freedom to engage in international transactions. In other words, the freedom to buy or sell abroad, to move money (or gold) across borders, regardless of the impact on the domestic economy. Private bankers, traders and wealthy elites welcomed this freedom to move capital abroad.

It was capital mobility that made it easy for Europeans to trade with each other. But it was not until the Eurozone system was firmly established, and Greece had joined the Eurozone in 2001, that German, French and US banks felt sufficiently confident of Euro-wide implicit bailout guarantees to risk making larger-scale loans to poor, potentially unreliable Greek borrowers – including the Greek state. And it was capitalmobility, facilitated by their country’s entry into the Eurozone that gave wealthy Greeks the freedom to move their funds out of Greece, and to accelerate those flows without impediment when the country began to experience difficulties.

5. Deflation as a correction to imbalances

Under the gold standard, a scarcity of gold forced participating governments to deflate their economies.
Just as with the gold standard, so with the Eurozone: an over-valued currency based on Eurozone (Maastricht) rules can have the same deflationary impact on a member country. Even while GDP collapses, and internal prices and wages turn negative as they are now in Greece, Greece’s currency - the Euro - can be maintained at artificially high levels by the ECB. In a deflationary environment an over-valued currency intensifies economic contraction. Unemployment and bankruptcies rise, and as
demand falls, the money supply contracts and wages and prices tumble further. Then, as Wynne Godley warned way back in 1997,

“there is nothing to stop it suffering a process of cumulative and terminal decline leading, in the end, to emigration as the only alternative to poverty or starvation.

While other members of the Eurozone may regard Greece as an outlier, and as a country that has brought its difficulties upon itself, they too may suffer collectively from the rigidity of the Euro system. Godley again:

“… [I]f Europe is not to have a full-scale budget of its own under the new arrangements it will still have, by default, a fiscal stance of its own made up of the individual budgets of component states. The danger, then, is that the budgetary restraint to which governments are individually committed will impart a disinflationary bias that locks Europe as a whole into a depression itis powerless to lift.”

As this goes to press the Eurozone is struggling to emerge from a prolonged period of high unemployment, falling real wages and prices, and low levels of investment. Some countries have faced depressions that have rivaled those of the 1930s. In fact, over the 10 years from 2004 to 2014, the average annual change in real GDP in the Eurozone has been just 0.7% (compared to 0.9% for the whole EU), and since 2007, the average change in Eurozone GDP is negative, at -0.1% per year (the figure for Greece is -0.4% per year)

6. Protectionism and the rise of nationalism

Under the gold standard political reactions were predictable: farmers and entrepreneurs fought back and sought protection from the ‘fantastic’ and unaccountable machinery that was the gold standard. Protectionism anddefensiveness became rife. And as Karl Polanyi argued in The Great Transformationthe effect was the opposite to that wished for by international creditors: national governments were lobbied by their citizens to intervene, to raise tariffs, and to protect the domestic economy from the fluctuations of the gold standard.

“the utopianism of the market liberals led them to invent the gold standard as a mechanism that would bring a borderless world of growing prosperity. Instead, the relentless shocks of the gold standard forced nations to consolidate themselves around heightened national, and then, imperial boundaries.”

In the early twentieth century, heightened nationalism and protectionism intensified international rivalry and conflict. These tensions climaxed with the First World War.Soon after the first shot was fired, the gold standard was abandoned by many nations.It was revived again in the 1920s under pressure from the world’s most powerfulbankers. In Britain it was Churchill that agreed to enter the system, despite his own severe reservations about its likely impact on British industry.

Once again the economic strains proved unbearable, as Europe and the United States endured financial crises, dramatic rises in unemployment, general strikes and stockmarket crashes. Finally the system collapsed in 1931 when Britain left the gold standard, largely on the advice of John Maynard Keynes – who was bitterly opposed to it. The United States under President Roosevelt followed suit in 1933.

Where now for the Eurozone?

The way forward for countries trapped within the Eurozone looks bleak. The economic zone as a whole is a mess – there is no other way to describe it.

The herculean choices facing Eurozone leaders are these:

1) To remain within the current “corset” that are the Eurozone rules and framework. The risks of taking this path are that more and more countries – including big important countries like Italy and France - will fall into deep economic depressions with rising and unpayable public debt and substantial imbalances. With the rise of a fascist party in France and of right-wing and
populist forces in Italy, the prospects do not look pretty.

2) Abolish the euro (a huge and complex task) and return to national currencies, with all the economic and political risks associated with dismantling thes ystem; but with the possibility of countries regaining economic policy autonomy.

3) Create a more limited Eurozone of states whose economies are more integrated and convergent – either by creating e.g. “the northern Euro” or by ‘shedding’ Greece, and in due course other states who fall into very grave difficulties

4) Create a political and fiscal union – preferably with its own democratically accountable institutions - for either all the current EZ members, or for an initial vanguard of countries – to create a system of economic as well as monetary union; and preferably at the same time change the mandate of the ECB to make it more accountable to democratic institutions.

All of these choices are fraught with difficulty. But remaining within the “corset” of a monetary union designed to serve the interests of global, mobile capital at the expense of European firms and citizens, risks not just economic failure on the scale of the 1920s and 1930s – but also political conflagration. It would be best if Europe’s leaders learnt from, and did not repeat history. Above all they must finally acknowledge the deep flaws behind the utopian visions of free market, neoliberal
ideologues – before Europe plunges into even deeper crises.”