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Thursday, March 19, 2015

"COMO LA TROIKA INFRINGE EL DERECHO DE LA UNION"




by on 18 March 2015





¿Cómo la Troika lo hizo formalmente?


En el 2010 fue evidente que la “constitución europea” no ofrecía ninguna guía acerca de cómo debería manejarse una crisis de esta envergadura. Así, en lugar de poner en marcha los procedimientos democráticos previstos para hacerlo, el “Derecho de la Unión” fue rápidamente fuera de la situación y en su lugar se usó el derecho internacional. La Troika es un artefacto que llegó vía utilización de las regulaciones de la ley internacional sobre mecanismos de rescate.


¿Cuál debería haber sido el procedimiento jurídico adecuado?


Una enmienda a los Tratados de la Unión previendo la temprana intervención del Parlamento Europeo. El Parlamento habría tenido un derecho de veto vía una convención y los nuevos tratados modificados tendrían que haber sido ratificados por los parlamentos nacionales también de acuerdo con los procedimientos constitucionales de cada país.


¿Habría ello significado, por otra parte, que un país individualmente habría tenido derecho de veto y podría haber parado el proceso completo?


Precisamente


¿Cómo han sido puesto en vigor los acuerdos?


Aquí hay una muy clara división del trabajo: El Eurogrupo está solo para coordinar las cosas-incluso si tiene cantidad de poderes en términos reales, legalmente no puede decidir nada. En las políticas de rescate como tales, los países “programa”, por ejemplo Grecia o Portugal, alcanzan acuerdos con la Troika conocidos como programas- esto es “memorandos de entendimiento”-Estos programas prescriben condiciones. Si las condiciones se cumplen, entonces el dinero es transferido desde los fondos de rescate. Pero la ratificación –por los parlamentos nacionales- en los fondos de rescate relevantes es necesaria. Ahora, éste es el Mecanismo Europeo de Estabilidad o ESM, que prevé un órgano de gobierno que tiene que tomar una decisión unánime sobre cada programa considerado.

¿Quién se sienta en este órgano de gobierno?


Los ministros de finanzas de los países miembros del euro


¿Si una medida de la Troika no se ajusta a las leyes del país afectado, qué sucede? Existe el caso por ejemplo de las mujeres de la limpieza que estaban empleadas en los ministerios griegos y que fueron despedidas durante la ejecución de los programas de recortes. Los despidos fueron declarados ilegales por el Tribunal Supremo Griego


Hay varios caminos: primero, como decimos, plantear la cuestión de que ello es contrario a la constitución del país en cuestión. Si prospera, puede llevar al Tribunal Constitucional a anular la medida. Ello ha sucedido dos veces en Portugal en relación con las reformas de las pensiones prescritas por la Troika. Desde luego hay otras vías, por ejemplo invocando el Derecho de la Unión. Pero el problema aquí es que, aunque muchas medidas de la Troika son extremadamente dudosas bajo el Derecho de la Unión y casi con certidumbre lo infringen, solo hay una protección limitada. Si quisiera entablar una acción para declararlas nulas e inválidas, ello solo podría hacerse sin condiciones adicionales si yo fuera un Estado miembro o un órgano de la Unión. Si yo fuera una de las mujeres de la limpieza afectadas tendría que poder aportar evidencias muy complicadas de que soy “directamente afectado”.Ello es muy difícil en la mayoría de los casos.


Hay también un estudio sobre esto: “las políticas de austeridad y los derechos humanos”. Examina la legalidad de las políticas de la Troika en años recientes, ¿cuáles son los resultados más pertinentes?


Los resultados centrales son: las condiciones sobre el dinero procedente de los fondos de rescate no son en sí mismas problemáticas. Lo problemático es la configuración de las condiciones. Si consideras que el servicio de salud griego fue brutalmente recortado, puedes ver que tales condiciones infringen derechos básicos garantizados por la Carta Fundamentals de los Derechos de la Unión Europea y por la Convención Europea de Derechos Humanos. Aquí, en el ejemplo, el derecho a la salud. El estudio examina esto en varios Memoranda de Entendimiento y concluye que varios derechos fundamentales han sido infringidos de forma masiva.


Sobre esto. Uno puede declarar que los estados pueden desde luego interferir con los derechos fundamentales pero deben actuar de forma proporcionada: deben probar que no tienen medios menos lesivos para logar un cierto objetivo. Este objetivo era la consolidación de los presupuestos. Claramente había posibilidades menos intervencionistas de consolidar los presupuestos, tales como por medio de la tributación sobre la riqueza que en Grecia está por debajo del promedio de la eurozona. O vía el gasto de defensa que en Grecia es muy alto, desproporcionadamente alto en comparación con la eurozona. Pero no establecieron ningunas condiciones en este área.





Los media siempre informan de que los países acreedores insisten en la necesidad de atenerse a los tratados-un mantra repetido por Juncker y Schäuble. Pero otros hablan de los desequilibrios germanos. ¿Cuáles son las reglas de compromiso aquí?



Hay una gran hipocresía aquí porque las demandas a Grecia pueden ser aplicadas a las mismas instituciones. La Troika está obviamente en una infracción del Derecho de la Unión como consecuencia del inadecuado mandato del Banco Central Europeo; sus programas concretos infringen la Carta Fundamental de los Derechos de la Unión Europea


¿A qué reglas debería estar sujeta Alemania cuando uno considera sus desequilibrios externos con la zona euro que afectan a todos los países de la Unión Monetaria?


Desafortunadamente, Alemania tuvo éxito durante las negociaciones en avanzar el argumento de que los déficits y superávits por cuenta corriente (como el de Alemania) no deberían ser tratados igual. Ambos son dos caras de la misma moneda como e afirma el economista Heiner Flassbeck, pero Alemania usó su indudable poder en las negociaciones para lograr un acuerdo de que los superávits tenían márgenes mucho más altos que los déficits. Así la Comisión Europea no ha puesto en  marcha el procedimiento que cuestionara el rol de campeó mundial de la exportación de Alemania


¿Qué paralelismos pueden se trazados con la forma en que las crisis fueron manejadas en los años 1930?


En los años 1930 sucedió lo mismo que ahora en Alemania y Austria: la economía colapsada supuso que los ingresos del Estado se hundieran como una piedra. El argumento en el lado conservador y ordoliberal fue que esto no era el problema de los mercados financieros y el capitalismo desregulado sino de las excesivas demandas de la población, de los trabajadores y de los sindicatos.


La idea de cómo esto debía manejarse-es interesante que los mismos conceptos se han usado ahora- fue, por ejemplo, la introducción de una “freno de deuda” en Alemania, la introducción de de comisarios de recortes para ciertos países y ciudades. Estamos experimentamos la misma infracción legal que la que observamos hoy parcialmente a nivel europeo. Esto es, se dio la vuelta entonces a la Constitución de Weimar y las leyes fueron aprobadas por medio de decretos de emergencia. 


¿Es esta también la razón por la que el Gobierno Griego siempre plantea la idea de que la única solución es a través de una conferencia paneuropea de deuda- regreso al futuro (sic) por así decir?


No creo que la historia simplemente se repita. Pero es que claro que las políticas de crisis de hoy, que son muy similares a las de los años 1930, hacen más probable la posibilidad de soluciones autoritarias. Es muy importante oponerse a ello de forma temprana y yo opino que la propuesta del Gobierno Griego de sacar conclusiones similares a las de entonces y convocar una  conferencia de deuda tiene sentido. De forma interesante la conferencia de deuda que tuvo lugar después de la Segunda Guerra Mundial, juzgada desde condiciones externas, fue en una situación similar a la de hoy: Alemania tenía entonces deudas más grandes incluso que Grecia hoy.

Después de la Guerra ocasionada por Alemania y Austria la deuda alemana estaba en el 200% del PIB. La gente dijo entonces que estas deudas no eran sostenibles y que si no se proporcionaba alguna tipo de remisión había una gran probabilidad de que las fuerzas autoritarias ganaran de nuevo, Así se hizo una quita entonces de la mitad de la deuda de Alemania y se vinculó el repago del resto al renovado crecimiento económico en Alemania. Al final ello ayudó a la economía de posguerra alemana a crecer muy satisfactoriamente.

(traducción al español de Guillermo Ruiz)

This is an edited version of the transcript of an interview with Lukas Oberndorfer, a lawyer and EU expert in the Austrian chamber of labour, carried out by Johanna Jaufer of state broadcaster ORF. The full interview (in German) can be read here:http://fm4.orf.at/stories/1755186/