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Sunday, February 15, 2015

ARQUEOLOGIA JURIDICA





“A través del paradigma de la vicariedad y de la causa instrumental, en la ética se introduce el principio, que encontrará una amplia aplicación en el derecho público, según el cual el carácter moral o físico del agente es indiferente a la validez y a la efectualidad de la acción.”Aquél que accede a los sacramentos, recibe el sacramento del ministro de la iglesia, no porque éste, como persona sea de un determinado modo, sino porque es ministro de la Iglesia [non in quantum est talis persona, sed in quantum est Ecclesiae Minister]” (Ibíd., art. 6).Aquí se fundamenta la distinción entre el opus operans, que a veces puede ser impuro, y el opus operatum , que semper est mundum (Durando, I, p.245).Sin embrago, de este modo, la acción se vuelve indiferente al sujeto que la cumple y el sujeto, indiferente a la cualidad ética de la acción.”

(Giorgio Agamben, Opus Dei, Arqueología del Oficio,Pretextos 2013, página 92)