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Sunday, April 10, 2016

IUS MIGRANDI




“El ius migrandi fue proclamado por Vitoria-unos cuarenta años después del descubrimiento de América, en las Relectiones de Indis, publicadas en Salamanca en 1539- como un derecho universal, tal vez el primer derecho natural, cien años antes del derecho a la vida de Hobbes, junto al ius commercii, el ius societatis y el ius propagandi evangelium, que venían a sustituir a los antiguos títulos de legitimación de la conquista, como la ocupación de res nullius, y la bulas papales. Como norma final de esta edificante construcción, Vitoria prevé el derecho de guerra de los españoles allí donde se opusiera resistencia al ejercicio de estos derechos. Una visión cosmopolita, obviamente a favor de unos determinados intereses, basada en el igual derecho de los pueblos y de los individuos a emigrar a cualquier lugar de la tierra. Un derecho que será básico para futuras conquistas y colonizaciones. El ius migrandi, como ya he recordado, fue puesto por Locke en la base del derecho a la supervivencia y de la legitimidad política del capitalismo, y figura hoy en el artículo 13 de la Declaración Universalde los Derechos Humanos y también en el artículo 16 de la Constitución italiana.”

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